Todo lo que debes saber sobre la nueva factura electrónica
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10 de julio de 2025Cobrar una factura pendiente puede convertirse en un problema, sobre todo si el cliente es una administración pública. Muchos autónomos y pequeñas empresas han sufrido retrasos de meses cuando han prestado servicios o entregado productos a organismos del Estado. Aunque existen plazos legales para pagar, en la práctica no siempre se cumplen, y hasta ahora reclamar ese dinero implicaba entrar en procesos largos y complicados.
Con una reciente sentencia del Tribunal Supremo, esta situación podría empezar a cambiar. Se ha aprobado una nueva vía que permite a los autónomos reclamar facturas impagadas de forma más rápida, sencilla y sin necesidad de grandes costes.
Retrasos habituales que complican la actividad
Aunque parezca sorprendente, el sector público suele pagar más tarde que el privado. Según datos de 2023, la media de pago fue de 67 días, muy por encima de los 30 días que marca la ley. Este retraso pone en apuros a muchos profesionales que necesitan ese ingreso para mantener su actividad.
En teoría, el proveedor puede reclamar, pero el proceso tradicional era tan costoso y lento que muchos optaban por dejarlo pasar. Presentar documentación, contratar abogados y enfrentarse a largos plazos no era viable para pequeños negocios con recursos limitados.
Un nuevo procedimiento más ágil
La sentencia 449/2025 del Tribunal Supremo aclara cómo deben actuar los autónomos si no reciben el pago a tiempo por parte de una administración. A partir de ahora, se establece un procedimiento más accesible para reclamar cantidades pendientes. Entre los cambios más importantes destacan:
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No es obligatorio tener abogado ni procurador para reclamaciones pequeñas.
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El trámite será más corto y se podrá hacer de forma digital.
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Se facilitarán formularios estándar para presentar la reclamación directamente desde el portal del Ministerio de Justicia.
Este cambio busca dos cosas: aliviar la carga de los juzgados en este tipo de casos y proteger mejor a los pequeños proveedores frente a los impagos.
Qué pasos hay que seguir
Eso sí, la reclamación judicial no se puede hacer de inmediato. Primero deben pasar dos plazos administrativos:
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El primer plazo es de 30 días desde que la factura fue aprobada por el organismo público.
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Si no se paga en ese tiempo, el proveedor debe enviar un requerimiento formal solicitando el abono.
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A partir de ahí, la Administración tiene otros 30 días para pagar o responder.
Si tras esos 60 días no hay respuesta ni pago, se podrá acudir al nuevo procedimiento judicial simplificado.
Un paso adelante, aunque no definitivo
Esta nueva vía no elimina todos los problemas, pero sí representa una mejora importante. Permite que autónomos y pequeñas empresas tengan más herramientas para defenderse si la Administración no cumple con sus obligaciones. Habrá que ver cómo se aplica en la práctica, pero puede suponer un alivio para quienes, hasta ahora, no tenían forma realista de reclamar.
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