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El Gobierno ha implementado la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, un sistema innovador destinado a mejorar el registro, monitoreo y regulación de los alquileres de corta duración en España.
Esta iniciativa forma parte del Real Decreto 1312/2024, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 24 de diciembre de 2024, el cual introduce el Registro Único de Arrendamientos. Esta normativa adapta las leyes nacionales al Reglamento (UE) 2024/1028, que unifica las políticas sobre alquileres temporales dentro de los Estados miembros de la Unión Europea.
Propósito y alcance
El Real Decreto busca responder a la rápida expansión del mercado de alquileres temporales, impulsado por las plataformas digitales, y garantizar un marco más claro y regulado. Los principales objetivos son:
- Incrementar la transparencia en la información relativa a los alquileres de corta duración.
- Proteger los derechos legales de propietarios, arrendatarios y plataformas.
- Facilitar la supervisión pública, asegurando un control efectivo del sector.
¿A quién afecta?
- Aplica a los alquileres gestionados por plataformas digitales y anfitriones independientes dentro de España.
- Quedan excluidos los arrendamientos sin fines lucrativos.
Cambios principales
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Creación del Registro Único de Arrendamientos
- Este registro será obligatorio para todas las propiedades destinadas al alquiler temporal.
- Cada inmueble deberá contar con un número único, asignado por el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles.
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Lanzamiento de la Ventanilla Única Digital
- Plataforma centralizada que conectará a las plataformas de alquiler con las autoridades competentes.
- Permitirá monitorizar datos clave de la actividad de arrendamiento, promoviendo un sector más ordenado y transparente.
Requisitos para propietarios
Los propietarios que alquilen sus propiedades de forma temporal deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- Registrar la propiedad en el Registro correspondiente y obtener un número de identificación único.
- Facilitar información detallada sobre el inmueble, como su dirección, capacidad máxima y referencia catastral.
- Mantener actualizados los datos, informando cualquier modificación relacionada con la propiedad.
- Cumplir con la normativa local, asegurándose de que el inmueble respete las normativas autonómicas y municipales aplicables.
Obligaciones para plataformas digitales
Las plataformas que operen en el mercado de alquileres de corta duración deberán:
- Comprobar que los anuncios incluyen el número de registro correspondiente.
- Informar a los usuarios de las exigencias legales relacionadas con el registro de propiedades.
- Reportar mensualmente los datos de actividad a través de la Ventanilla Única Digital.
- Eliminar anuncios que incumplan la normativa en un plazo máximo de 48 horas desde la notificación de las autoridades.
Calendario de implementación
- Inicio de vigencia: 2 de enero de 2025.
- Plena operatividad: A partir del 1 de julio de 2025, para permitir a los implicados adaptarse a los nuevos requisitos.
Aspectos importantes a considerar
Hasta que se establezca un régimen sancionador específico, el cumplimiento de estas obligaciones estará respaldado por las normativas vigentes a nivel estatal, autonómico y local.
Asesoramiento personalizado
Desde nuestro despacho, ofrecemos apoyo integral para garantizar que cumpla con estas nuevas normativas:
- Registro de propiedades: Le ayudamos a realizar el proceso de inscripción conforme a los nuevos requisitos.
- Validación de anuncios: Revisamos que sus publicaciones cumplan con la normativa aplicable.
- Resolución de consultas: Atendemos cualquier inquietud relacionada con el impacto de esta regulación en su actividad.
No dude en contactar con Romero & Roldán si necesita asesoría para empresas en Málaga para la gestión de sus inmuebles o consultoría inmobiliaria. Estaremos encantados de ayudarle.

